La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso la prohibición de elaboración, comercialización y venta en todo el país de un repelente de insectos y diversos productos cosméticos por no contar con los registros sanitarios obligatorios. Las medidas fueron oficializadas mediante disposiciones publicadas en el Boletín Oficial.
En primer lugar, a través de la Disposición 1476/2026, el organismo ordenó la prohibición del repelente de la marca OFF!, que presentaba etiquetas completamente en idioma chino y carecía de inscripción sanitaria en Argentina, lo que generó sospechas sobre su legalidad y procedencia.
El producto fue detectado en un comercio de la provincia de Buenos Aires y, tras la consulta en la base oficial de cosméticos, no se hallaron registros que avalaran su comercialización. Además, la empresa S.C. Johnson & Son Argentina, titular de la marca, informó que no tuvo participación en la elaboración de ese artículo, lo que reforzó las dudas sobre su origen.
Por otra parte, mediante la Disposición 1465/2026, la ANMAT avanzó contra una amplia lista de productos de la marca Anza, incluyendo cremas, tónicos, emulsiones, serums, protectores solares y repelentes, entre otros. Todos ellos fueron catalogados como ilegítimos al no estar inscriptos ante el organismo.
Asimismo, se determinó que la firma Química Anza S.A.S. no cuenta con habilitación para operar en el rubro cosmético, por lo que la ANMAT resolvió su prohibición como medida preventiva. El organismo advirtió que, al desconocerse el origen y las condiciones de elaboración de estos productos, no es posible garantizar su calidad ni su seguridad para los consumidores.

