La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) implementó una serie de cambios en sus sistemas de control tributario y financiero que ya están en vigencia. Entre las principales modificaciones, se destaca la elevación a $10.000.000 del monto a partir del cual se debe identificar al consumidor final en los comprobantes, ya sea mediante CUIT, CUIL, CDI o DNI. La medida se formalizó a través de la Resolución General 5700/2025, publicada en el Boletín Oficial con la firma del titular del organismo, Juan Pazo.
Además, se modificaron los topes informativos para transferencias bancarias y extracciones de dinero. En el caso de personas físicas, las transferencias y acreditaciones solo deberán informarse si superan los $50 millones, mientras que para personas jurídicas el umbral será de $30 millones. En cuanto a las extracciones por cajero automático, se establece el mismo tope de $10 millones para ambos casos, reemplazando controles que antes se aplicaban desde montos mucho menores.
ARCA también actualizó los límites aplicables a otras operaciones financieras. Por ejemplo, los saldos bancarios mensuales solo serán informados si superan los $50 millones para personas físicas y $30 millones para jurídicas. En los plazos fijos, el nuevo umbral es de $100 millones y $30 millones respectivamente. Cambios similares se aplicaron a las billeteras virtuales y a las tenencias en sociedades de bolsa, con nuevos mínimos que también parten de $30 millones o $100 millones, según corresponda.
En paralelo, el organismo eliminó diversos regímenes informativos que afectaban a sectores como el inmobiliario, los escribanos y el comercio en general. Ya no se controlarán ventas de autos usados, pagos de expensas, consumos de servicios públicos ni se exigirá a los bancos requerir declaraciones de impuestos personales a sus clientes. Según ARCA, estas modificaciones apuntan a simplificar el sistema, mejorar la privacidad y fomentar la inclusión formal en la economía.

