Esta semana en Argentina estará marcada por varios feriados nacionales que afectan la cantidad de días laborables. El lunes 17 de junio se conmemora el fallecimiento del General Martín Miguel de Güemes, el jueves 20 de junio se celebra el Día de la Bandera y el viernes 21 es un feriado puente turístico. Estos días ofrecen a los trabajadores la oportunidad de descansar y pasar tiempo con sus familias, así como participar en actividades conmemorativas relacionadas con estas fechas históricas.
Sin embargo, no todos los trabajadores podrán disfrutar de estos días libres. Muchos se verán obligados a asistir a sus lugares de trabajo, y es importante recordar que la legislación argentina establece un pago diferencial para quienes trabajen durante los feriados. Según la Ley 20.744 de Contrato de Trabajo, los empleados que trabajen en días feriados deben recibir una remuneración extra. El artículo 181 de la normativa establece que «en los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical en cuanto a la prohibición del trabajo. En dichos días, los trabajadores que no gozaren de la remuneración respectiva percibirán el salario correspondiente a los mismos, aun cuando coincidan con domingo».
Esto significa que, en caso de trabajar durante los feriados del lunes 17, jueves 20 y viernes 21, los empleados deben recibir el doble de su salario habitual por esos días. La ley es clara: “Todo trabajador que preste servicios por estar afectado a las excepciones previstas en aquellas normas legales cobrará la suma que tenga asignada, más una cantidad igual”.
Si un trabajador no recibe la remuneración correspondiente por trabajar en días feriados, puede denunciar la irregularidad. Las denuncias se pueden realizar a través de la web del Ministerio de Capital Humano (https://tramitesadistancia.gob.ar/tramitesadistancia/detalle-tipo?id=5382) o contactando al Centro de Orientación al Ciudadano llamando al 0800-666-4100, opción 1 y luego opción 6, o escribiendo a consultas@trabajo.gob.ar, de lunes a viernes de 08:00 a 20:00 hs.
Es fundamental que tanto empleadores como empleados estén informados sobre estos derechos laborales para asegurar un trato justo y conforme a la ley durante estos días de descanso y conmemoración.

