El Salario Anual Complementario (SAC), comúnmente conocido como aguinaldo, es un pago extra que los trabajadores registrados, tanto del sector privado como público, reciben cada año. Según la Ley de Contrato de Trabajo, este ingreso corresponde a la doceava parte de las remuneraciones totales percibidas en el año y se paga en dos cuotas: la primera con fecha límite el 30 de junio y la segunda antes del 18 de diciembre.
El cálculo del aguinaldo toma como base el sueldo bruto más alto del semestre. Este monto se divide por dos, obteniendo el aguinaldo bruto. Luego, se descuentan cargas sociales como jubilación, PAMI y obra social, para determinar el aguinaldo neto. En casos de empleo parcial durante el año, se calcula un aguinaldo proporcional, ajustándose según los días trabajados y las remuneraciones percibidas.
Los jubilados y pensionados también perciben un equivalente al aguinaldo, denominado Prestación Anual Complementaria, regulada por la Ley 24.241. Este ingreso adicional corresponde al 50% del haber más alto del último semestre y es abonado junto a los haberes de diciembre. Sin embargo, bonificaciones extraordinarias, como las otorgadas por ANSES, generalmente no forman parte de su cálculo.
El aguinaldo puede ser afectado por el impuesto a las ganancias si los ingresos del trabajador superan ciertos umbrales. Este año, las modificaciones legales permiten alternativas para prorratear el impuesto, reduciendo su impacto fiscal. Asimismo, los pagos diferidos a enero del año siguiente pueden beneficiarse de deducciones actualizadas, disminuyendo el monto a tributar.
En casos excepcionales, como en pequeñas empresas, los convenios colectivos pueden permitir dividir el aguinaldo en hasta tres pagos anuales. Esta modalidad está contemplada en sectores como el gastronómico, lo que destaca la flexibilidad legislativa para adaptarse a distintas realidades laborales.