Diputados aprobaron la Reforma de la Ley de Alquileres

Diputados aprobaron la Reforma de la Ley de Alquileres
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En una extensa sesión de debate, la Cámara de Diputados aprobó la Reforma de Alquileres, que incluye modificaciones propuestas por el Senado y respaldadas por el oficialismo. Esta nueva norma, que fue aprobada pasadas las 5 de la madrugada, representa un hito importante en la regulación de los contratos de alquiler en Argentina.

Las claves de esta nueva ley son las siguientes:

  1. Duración de los contratos: Los contratos de alquiler entre propietarios e inquilinos se extenderán por tres años.
  2. Actualización semestral: La reforma establece que la actualización de los precios se llevará a cabo cada seis meses, en lugar de permitir solo una actualización anual, como estaba vigente anteriormente.
  3. Fórmula para actualizar los alquileres: Los precios de los alquileres se actualizarán en base al coeficiente de «Casa Propia,» utilizado por el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat. Este índice se compone de la menor variación entre el promedio del 90% de la variación del Coeficiente de Variación Salarial publicado por el INDEC y la variación del Coeficiente de Estabilización de Referencia publicado por el Banco Central de la República Argentina.
  4. Pesos: La ley aclara que los precios de los contratos deben establecerse en moneda nacional (pesos). La publicidad de los inmuebles en alquiler no puede expresarse en otra moneda que no sea el peso argentino.
  5. Anticipos: Se mantiene el límite de un mes para los anticipos requeridos en los contratos de alquiler.
  6. Incentivo fiscal al monotributo: La nueva ley establece que los ingresos provenientes exclusivamente de la locación de hasta dos inmuebles estarán exentos del pago del monotributo.
  7. Exención de Bienes Personales y de Impuesto al Cheque: La exención de Bienes Personales se mantiene para los inmuebles destinados a alquiler para vivienda habitacional, y también se mantiene la exención del impuesto al cheque para las cuentas utilizadas exclusivamente para las operaciones de locación de inmuebles destinados a viviendas habitacionales con contratos debidamente registrados.
  8. Ganancias: Las partes involucradas podrán deducir del impuesto a las Ganancias un monto equivalente al 10% del valor anual del contrato de alquiler.

Cabe destacar que la aprobación de esta reforma fue respaldada por diputados del Frente de Todos, el Movimiento Popular Neuquino, Identidad Bonaerense, socialistas, Córdoba Federal, Juntos por Río Negro, el Frente de la Concordia y representantes de partidos de izquierda. Por otro lado, votaron en contra diputados de Juntos por el Cambio, libertarios, Identidad Bonaerense, y Córdoba Federal. 

 

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