La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso una modificación clave en los requisitos de ingreso para productos médicos importados. A partir de ahora, podrán ingresar al país aquellos insumos cuya fecha de vencimiento no sea inferior a seis meses, cuando antes se exigía un mínimo de un año. La medida, publicada en el Boletín Oficial mediante la Disposición 2565/2025, apunta a ampliar la disponibilidad de materiales utilizados en prácticas médicas y diagnósticas.
Esta modificación también implica la eliminación de los permisos especiales que se requerían hasta el momento para aquellos productos que no cumplían con el plazo anterior. Desde el organismo indicaron que la decisión responde a una demanda sostenida del sector y a directivas del Ministerio de Salud que buscan optimizar el acceso a insumos críticos. Se trata de una medida que impactará sobre elementos como gasas, catéteres, prótesis, jeringas e implantes, entre otros, pero no abarca medicamentos.
La normativa establece que estos productos podrán ingresar siempre que no estén vencidos al momento de su ingreso y que su vida útil haya sido validada por el Instituto Nacional de Productos Médicos. También se aclara que aquellos insumos estériles destinados a un solo uso no podrán ser reutilizados ni reesterilizados, salvo disposición contraria del organismo.
Según destacaron desde la ANMAT, el régimen anterior generaba trabas logísticas que, en muchos casos, limitaban la disponibilidad de tecnologías médicas en el país. Con esta flexibilización, el Gobierno busca facilitar la importación de insumos con menor vida útil pero que resultan fundamentales para la atención médica, sin comprometer los estándares de calidad y seguridad.

