El Gobierno nacional definió los fines de semana largos y días no laborables puente para 2025, con el objetivo de fomentar el turismo interno y dinamizar la economía. La medida, oficializada mediante el decreto 1027, establece tres días no laborables complementarios a feriados nacionales. Estos puentes permitirán extender fines de semana y ofrecer oportunidades adicionales de descanso y recreación.
Calendario de feriados y días no laborables 2025
Enero
- Miércoles 1°: Año Nuevo (feriado inamovible)
Marzo
- Lunes 3 y martes 4: Carnaval (feriado inamovible)
- Lunes 24: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia (feriado inamovible)
Abril
- Miércoles 2: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas (feriado inamovible)
- Jueves 17: Jueves Santo (día no laborable)
- Viernes 18: Viernes Santo (feriado inamovible)
Mayo
- Jueves 1°: Día del Trabajador (feriado inamovible)
- Viernes 2: día no laborable puente
- Domingo 25: Día de la Revolución de Mayo (feriado inamovible)
Junio
- Lunes 16: Paso a la Inmortalidad del General Martín Miguel de Güemes (se traslada del martes 17)
- Viernes 20: Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano (feriado inamovible)
Julio
- Miércoles 9: Día de la Independencia (feriado inamovible)
Agosto
- Viernes 15: día no laborable puente
- Domingo 17: Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín (feriado trasladable)
Octubre
- Domingo 12: Día del Respeto a la Diversidad Cultural (feriado trasladable)
Noviembre
- Viernes 21: día no laborable puente
- Lunes 24: Día de la Soberanía Nacional (se traslada del jueves 20)
Diciembre
- Lunes 8: Día de la Inmaculada Concepción de María (feriado inamovible)
- Jueves 25: Navidad (feriado inamovible)
El decreto también recuerda que los días no laborables puente quedan sujetos a la decisión del empleador, mientras que los feriados nacionales rigen las normas de descanso dominical y, en caso de trabajar, implican retribución adicional.

