La Corte Suprema de Justicia de Argentina confirmó el fallo de segunda instancia, la cual determina que los Jubilados no deben pagar Impuestos sobre las Ganancias.
Dicha decisión abarca a todos aquellos que realizaron un reclamo similar al caso de Héctor Calderón contra ANSES. En el fallo, la Corte Suprema dejó firme «la exención del impuesto ordenada por la alzada, pues, la retención que pretende hacer ANSES (sobre el retroactivo del reajuste) se basa en una norma que se declaró inconstitucional por no haber contemplado factores de vulnerabilidad, como la avanzada edad, para diferenciar ciertos jubilados de otros».
Esta decisión confirma el fallo García de 2018, en el que el Tribunal decidió que los jubilados no debían pagar impuestos sobre las Ganancias debido a su situación vulnerable como población. Cabe destacar que la sentencia no es automática para todos los jubilados ni tiene aplicación vía AFIP o ANSES para los haberes hoy alcanzados por Ganancias. Los jubilados que deseen beneficiarse de esta exención podrán hacerlo mediante una acción declarativa y por la vía cautelar, ganando la suspensión del cobro de Ganancias en unos meses para que la AFIP deje de descontar el Impuesto.
En definitiva, la ratificación del fallo Calderón por parte de la Corte Suprema permitirá a los jubilados argentinos eximirse del Impuesto a las Ganancias y recuperar retroactivamente el dinero que se les haya descontado.

