SENASA implementa prohibiciones para controlar la Gripe Aviar

SENASA implementa prohibiciones para controlar la Gripe Aviar
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Desde el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) se implementaron nuevas medidas para combatir la propagación de la Gripe Aviar en respuesta a la situación de emergencia sanitaria. Estas medidas fueron anunciadas a través de la resolución 431/2023, publicada recientemente en el Boletín Oficial.

La resolución establece la prohibición en todo el territorio nacional de la realización de exposiciones, ferias, eventos y actividades recreativas que impliquen la concentración y el movimiento de aves de especies domésticas como gallinas, gallos, pollos, pavos, gallinetas, faisanes, codornices, patos y gansos, sin importar el motivo o finalidad.

Además, se prohíbe el traslado de aves hacia comercios agropecuarios para la venta minorista de animales, así como hacia establecimientos registrados en el Senasa bajo las actividades de «comercio agropecuario – venta minorista de animales» para su distribución o venta, y «aves de traspatio».

En cuanto al ingreso y traslado de genética aviar importada, se especificó que en caso de utilizar la vía terrestre, se requerirá el trasbordo de la remesa en el punto de ingreso, bajo control oficial, a un vehículo lavado y desinfectado, o bien la desinfección del vehículo bajo supervisión oficial en el punto de ingreso con desinfectantes aprobados. El responsable de la operatoria deberá presentar un itinerario ante el SENASA para su autorización antes de que el material genético ingrese al país.

Durante el traslado de aves, el vehículo y el transportista no deben ingresar al establecimiento ni tener contacto con la carga ni con otras aves. Además, se requerirá un seguimiento satélite durante todo el recorrido y un registro documental del itinerario que posteriormente deberá ser presentado a SENASA.

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