El Gobierno nacional oficializó un nuevo mecanismo para facilitar los viajes al exterior de menores de edad con pasaporte ordinario. La medida, impulsada por el Registro Nacional de las Personas (RENAPER) y publicada en el Boletín Oficial mediante la Disposición 373/2025, permitirá que ambos padres —argentinos o extranjeros con residencia legal— autoricen digitalmente la salida del país de sus hijos menores de 18 años.
Este nuevo procedimiento busca agilizar la Autorización de Viaje para Menores, permitiendo que se realice directamente en los centros de atención del RENAPER, en sus oficinas seccionales o en consulados habilitados. La autorización generada tendrá validez hasta que el menor alcance la mayoría de edad o hasta el vencimiento del pasaporte, y será remitida automáticamente a la Dirección Nacional de Migraciones, eliminando la necesidad de validación por parte de empresas de transporte.
Durante el trámite se verificará de forma biométrica la identidad de los progenitores y la relación parental, utilizando la información de las partidas de nacimiento registradas. Inicialmente, la medida aplicará únicamente a menores de nacionalidad argentina que viajen solos con pasaporte ordinario vigente. En casos de progenitor único, bastará con su autorización. También se contemplan situaciones especiales, como padres adolescentes, bajo normativas ya vigentes.
La disposición entrará en vigencia el 2 de junio y contempla diferentes tiempos de tramitación: regular (10 días hábiles), exprés (48 horas) e inmediata (2 horas). Solo se permitirá para autorizaciones amplias, es decir, para viajes a cualquier destino internacional. Además, las autorizaciones podrán ser revocadas en los mismos puntos donde fueron emitidas, y se implementará una marca digital para fortalecer el control automatizado en las bases del Renaper y Migraciones.

