Quiénes deben tramitar el nuevo DNI

Quiénes deben tramitar el nuevo DNI
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La Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas (Renaper) puso en marcha desde el 1 de febrero una serie de cambios técnicos y de seguridad en el Documento Nacional de Identidad (DNI) y el pasaporte, en el marco de un plan de modernización impulsado por el Gobierno nacional. La medida apunta a reforzar los estándares de protección y adecuar la documentación argentina a parámetros internacionales.

Las disposiciones 54/2026 y 55/2026 establecen que los documentos actuales seguirán siendo válidos hasta su fecha de vencimiento, por lo que no será necesario renovarlos de manera anticipada. Sin embargo, deberán gestionar un nuevo ejemplar quienes tengan el DNI vencido, necesiten actualizar datos personales o hayan sufrido robo, extravío o deterioro.

El nuevo DNI mantendrá el formato de tarjeta de policarbonato con chip sin contacto, aunque incorporará variantes en los datos visibles y un sistema de almacenamiento encriptado. Según se informó, el chip permitirá validar la identidad del titular de manera segura sin necesidad de acceder a bases de datos externas, además de sumar elementos visuales que dificulten falsificaciones.

La actualización alcanza tanto a ciudadanos argentinos como a extranjeros nacionalizados. En el caso de los menores de 14 años, recibirán un documento con las mismas características, mientras que los niños menores de 5 años tendrán impresa la firma del padre, madre o tutor legal. Para los recién nacidos se emitirá un DNI “0 Año” provisorio, válido dentro del país, hasta la correspondiente actualización.

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