La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció este lunes la eliminación de la obligación de registrar los contratos de alquiler de inmuebles urbanos y rurales destinados a vivienda. Esta medida fue oficializada a través de la Resolución General 5545/2024 y forma parte de los esfuerzos para reducir la carga administrativa y burocrática que enfrentan los contribuyentes, en el contexto de la reciente derogación de la Ley de Alquileres.mites y mejorar la eficiencia del Estado en la prestación de servicios, favoreciendo a los ciudadanos.
Sin embargo, la nueva normativa no impide que los contratos de alquiler sigan siendo registrados. Aquellos contribuyentes que deseen obtener beneficios fiscales en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes y en otros impuestos, como Bienes Personales y Ganancias, deberán continuar declarando sus contratos en el servicio RELI de la página web de la AFIP antes del 30 de septiembre de 2024, o dentro de los 15 días posteriores a la firma del contrato.
Además, la AFIP también eliminó la obligación de los empleados en relación de dependencia de adjuntar una copia del contrato de alquiler en el servicio SiRADIG para acceder a las deducciones fiscales correspondientes. Esta decisión busca facilitar aún más el proceso para aquellos que alquilan inmuebles destinados a vivienda.
La medida establece que aquellos contratos ya registrados en el RELI no necesitarán volver a ser registrados, a menos que sufran modificaciones o actualizaciones. También se aclaró que las operaciones realizadas en moneda extranjera deberán ser informadas en pesos, considerando el tipo de cambio vigente al cierre del día hábil anterior a la celebración del contrato.

